El Demócrata de Guatemala

3 de febrero de 2011

EL ENSEÑAR Y EL APRENDER CONSTITUYEN LA TAREA MÁS ESPIRITUAL DEL HOMBRE.

El benemérito de las Américas don Benito Juárez García, señaló al respecto “La instrucción es la primera base de la prosperidad de un pueblo, a la vez que el medio más seguro de hacer imposible los abusos del poder.”


POR: FRANCISCO JAVIER PÉREZ RAMÍREZ.


Ningún gobierno, grupo, ó movimiento popular que ignore a la inmensa mayoría podrá tener repercusiones históricas de verdadera trascendencia en nuestra amada Guatemala. El bienestar social es una de las preocupaciones más importantes para nosotros los guatemaltecos en especial a los que conformamos el 93% de la población pobre del país, porque el 7% lo representa la clase burguesa y en esas manos están todas las riquezas de nuestra nación.

Por esta razón los gobernantes que tienen la oportunidad de llegar a la presidencia de la República independientemente del partido que sea, deberían de retomar real y concretamente y no solo en teoría o parcialmente, el mandato constitucional del los Artículos 1, 2 ,3 y 4 que establecen que es obligación del gobierno central velar por la vida, seguridad, salud y educación de los ciudadanos guatemaltecos. Y darle un fuerte impulso sin precedentes al rubro de la educación pública; a través los programas y proyectos sociales como educación gratuita en todas las escuelas del país.

Ello en virtud de haber analizado conforme a derecho y con total apego a la ley, que en todo Plan de Desarrollo Estatal, no se debe olvidar la educación, pues esta no es por voluntad propia impulsarla, sino más bien es un mandato constitucional plasmado en nuestra Carta Magna. Para ahondar más al respecto veamos que es lo que la ley, y los pactos y convenios internacionales firmados y ratificados por Guatemala nos dictan en cuanto a este importante rubro.

El Derecho a la Educación está garantizado a favor de todos los guatemaltecos; por el artículo 71 de nuestra Constitución Política de la República de Guatemala, el cual establece fundamentalmente lo siguiente:

Que toda persona sin distinción de raza, color, religión, sexo, posición económica, edad, idioma, opinión política, origen o cualquier otra condición, tiene derecho a recibir educación.

El estado es el encargado de impartir educación preescolar, primaria y básica, la educación preprimaria, primaria y básica son obligatorias; toda educación que imparta el estado será gratuita. (Artículo 74).

La educación que se imparte tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él a la vez, el amor a la patria y a la conciencia de solidaridad nacional y universal, en la independencia y en la justicia. (Artículo 72).

La educación será laica. Por lo tanto, debe mantenerse por completo ajena a cualquier doctrina religiosa. (Artículos 36 y 73).

La educación debe basarse en lo resultados del progreso científico y luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres y los prejuicios. (Artículos 74 y 80).

El criterio que orientará a la educación deberá ser democrático, nacional y que contribuya a la mejor convivencia humana, características que aseguren el constante mejoramiento económico social y cultural de nuestro país; que atienda a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura y que busque, además, robustecer en el educando el aprecio a la dignidad de la persona, a la integridad de la familia, a la convicción del interés de la sociedad, así como a los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres. (Artículo 72, 79, 80).

Que evite los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos. (Artículos 71, 74,75 y 76).

Asimismo, el estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativas incluyendo la educación superior necesarios para el desarrollo de la nación. Apoyará la investigación científica y tecnológica y cooperará al estudio de solución de los problemas nacionales. (Artículos 80 y 82).

A nivel nacional la Ley de Protección Integral de la niñez y la adolescencia, también nos indica en sus artículos 36, 37, 38, 41 y 43 los derechos inherentes a favor de los niños y los adolescentes. Nuestro derecho a la educación también está reconocido en importantes documentos internacionales, los cuales han sido suscritos y ratificados por Guatemala. Entre ellos enumeramos los siguientes.


La declaración Universal de los Derechos Humanos.

Esta declaración establece que todos tenemos derecho a la educación. Que el estado debe proporcionar enseñanza básica gratuita y obligatoria; así como también debe ofrecer instrucción técnica y profesional.

Que la educación deberá buscar el pleno desarrollo de nuestra personalidad humana y enseñarnos a respetar los Derechos Humanos, a comprendernos, a tolerarnos y a estimarnos, fomentando una mejor convivencia entre nosotros y a la amistad entre pueblos. También deberá contribuir con las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz; además de que los padres tienen derecho preferente a escoger el tipo de educación de sus hijos. (Artículo 26).


La Declaración de los Derechos del Niño.


En el principio 7º de esta Declaración se establece que los niños tienen derecho de recibir educación, la cual será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. La educación deberá favorecer su cultura general y permitirles en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes, su juicio individual, y su sentido de responsabilidad moral y social a fin de llegar a ser un miembro útil de la sociedad.


La Convención sobre los Derechos del Niño.

Esta convención establece el derecho de los niños a la educación sobre la base de la capacidad; asimismo proporcionaran a todos lo niños información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales, implementando medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar.

La disciplina escolar debe de administrarse de modo compatible con la dignidad del niño. La educación buscará eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el mundo y facilitar el acceso a los conocimientos técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. (Artículos 28 y 29).

De acuerdo a este documento internacional la educación deberá tener como objetivos los siguientes:

1) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.

2) Inculcar al niño el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la carta de las Naciones Unidas.

3) Inculcar al niño el respeto a sus padres, a su propia identidad cultural, a su idioma, y a sus valores, (los valores nacionales del país del que sea originario y de las civilizaciones distintas a la suya).

4) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena.

5) Inculcar al niño el respeto al ambiente y al entorno ecológico que lo rodea.

Para finalizar solo me resta indicar que solo mediante la educación, el niño y el joven llegan a ser hombres conscientes de su destino, lo anterior en virtud de que la educación es un medio de obtener y ejercer la libertad, en vista de que la ignorancia también es una forma de esclavitud. El enseñar y el aprender constituyen la tarea más espiritual del hombre.

Además el benemérito de las Américas don Benito Juárez García, señaló al respecto “La instrucción es la primera base de la prosperidad de un pueblo, a la vez que el medio más seguro de hacer imposible los abusos del poder.”