El Demócrata de Guatemala

30 de octubre de 2012


Con 120 votos a favor quedo aprobada la Ley contra el Enriquecimiento Ilícito.


En el Congreso de la República la Sesión Plenaria inició con la aprobación de una moción para retomar la iniciativa este martes 30 de Octubre del presente año, un total de 133 Diputados votaron a favor de retirar las 24 enmiendas pendientes.  

En este sentido cabe destacar que fue también con una moción privilegiada, que a inicios del mes de Septiembre del año en curso, se suspendió la redacción final de la iniciativa, dejando la revisión en el artículo 26 de los 47 que integran la iniciativa, que retomaron hoy. La cual fue aprobada con 120 votos a favor.

Cabe resaltar que esta ley incorporará los delitos al Código Penal para combatir la corrupción en las oficinas públicas, también se tipifica el Testaferro, el Cobro de Comisiones, el Tráfico de Influencias, Nombramientos Ilegales y el Cohecho Pasivo y Activo.

La ley plantea que incurre en la Comisión del delito de Peculado por Sustracción, el funcionario o empleado público que sustrajere o consintiere que otro sustraiga dinero, efectos o bienes que custodie, perciba, administre o guarde, para lo cual se aplicará sanción de Cinco a Diez años de prisión, así como también se hará acreedor a una multa de Q. 10 mil a Q. 40 mil quetzales.

Si los recursos estuviesen destinados a fines asistenciales o a programas de apoyo social, la pena será aumentada en dos terceras partes.

La comisión del delito de malversación, será cometida por los funcionarios que emplearan caudales o bienes un uso diferente al que estuviera destinados, la sanción será de Dos a Seis años de prisión y también tendrá que pagar una multa de Q. 20 mil a Q. 50 mil quetzales.

En cuanto a la comisión del delito de enriquecimiento ilícito, como tal plantea que es responsables quien obtenga para sí mismo o cualquier persona un beneficio patrimonial, un incremento en su nivel de gastos, cancelación de deudas u obligaciones que no corresponda al que haya podido obtener, derivado del ejercicio del cargo o de cualquier ingreso que no pudiera justificar.

En este caso la pena de prisión de Cinco a Diez años, y la multa que tendrá que pagar será de Q. 50 mil a Q. 500 mil quetzales. La normativa entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial. 

Por ultimo cabe destacar que el Congreso de la República aprobó este martes, la Ley Penal contra el Enriquecimiento Ilícito o llamada "contra la corrupción,"después de 10 años. Para EDG Noticias reportó: Javier Ramírez.


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